8 ene 2011

Divorcio sin separación de bienes virtuales

Divorcio sin separación de bienes virtuales



Mirad la noticia que me he encontrado por la red.

"Ante una demanda de divorcio, pueden verse cosas insólitas. Tanto que la Corte Popular del distrito de Shunyi (Pekín) ha decidido que los bienes virtuales acumulados durante el matrimonio no pueden dividirse entre ambas partes durante un proceso de divorcio.
Según informa el diario China Daily, la pareja se conoció en 2008 a través de un videojuego online. Pero los problemas entre ellos surgieron cuando empezaron a convivir, por lo que iniciaron los trámites de divorcio. Los dos jugaban online pero con una única identidad, que estaba registrada a nombre del marido.
En la celebración del juicio, la esposa, quien solicitó el divorcio, pidió que se dividieran los bienes virtuales ganados durante este tiempo, a lo que el marido se opuso, dándole finalmente la razón el juez.
El divorcio ya es efectivo, pero la sentencia ha creado jurisprudencia en China e indica que los problemas relativos a bienes virtuales solo pueden ser sometidos a dictamen judicial cuando tienen correspondencia con el mundo real, por ejemplo, cuando se han valorado o comprado con dinero real."


LO QUE OPINO YO SOBRE EL TEMA (Que por supuesto vale mucho mas que lo que puede opinar cualquier juez).

Desde mi punto de vista, si el hacerle una web a una persona, se considera un servicio y se cobra por ello, ¿por que no se le va a cobrar a una persona que ha jugado para enriquecerte?, eso es un servicio como otro cualquiera.
La duda viene de... ¿lo ha hecho como un favor o como un trabajo?. Por que si yo le hago la web a un amigo como un favor no puedo cobrarle tras unos meses, por que el acuerdo se hizo en que era gratix.
Supongo que lo que ocurre aquí es que no estamos hablando de colegas sino de un matrimonio, en el que los bienes han de dividirse entre los dos si la pareja no ha hecho un acuerdo antes del divorcio.
Que digo yo, ahora con las nuevas tecnologías ¿no deberían de cambiar el concepto de bienes? antes se catalogaban en muebles o inmuebles, y yo pienso que deberían de añadir también los virtuales, por que estoy seguro que dentro de unos años los bienes virtuales van a ser tantos como los bienes muebles.
Quizás esta sentencia deberían dejarla así, por ser la primera (y además que se joda la jodida china esa, eso le enseñara que a los hombres no hay que dejarlos) pero deberían de pensarse en añadir a bienes, la definición de virtuales también, por que este caso se va a repetir y repetir mas veces.

3 comentarios:

  1. un caso bastante curioso, como para plantearlo en una clase de civil IV o en un examen cabron.

    creo k si hubieras sucedio en españa habria k atender en primer lugar a el regimen economico matrimonial, o sea separacion de bienes, gananciales o participacion en ganancias. si fuera el 2º k es la regla general habria k diferenciar a su vez entre cuales de esos bienes virtuales son ganaciales y cuales privativos segun el articulo 1346 y 1347 del codigo civil, cuyos epigrafes mas importantes a este respecto serian:
    -son bienes privativos: Los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar la sociedad.
    -son bienes gananciales:Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges.

    habria k ver si la actividad de la mujer en la cuenta del marido se podria considerar trabajo y en caso de k asi fuera esos bienes ganaciales se dividirian por mitad si mal no recuerdo siguiendo las reglas establecidas en el codigo civil para la disolucion de la sociedad de gananciales aplicando subsidiariamente las normas de la division de herencia.

    o algo asin XDD

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  2. Al menos no le puso los cuernos con Mario o Sonic, hubiera sido d migrante

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  3. Hola, gracias por visitar mi blog. Con respecto a la noticia yo opino que lo mejor es que cada pareja tenga su cuenta propia.

    P.D:Te interesaria que nos afiliaramos?, yo de momento me hago seguidor de tu blogs si no te importa ^___^.

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